• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: EDUARDO VICTOR BERMUDEZ OCHOA
  • Nº Recurso: 1511/2023
  • Fecha: 08/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: AGRESIÓN SEXUAL: tocamientos en estado de embriaguez a a una mujer. PRESUNCIÓN DE INOCENCIA: la revisión de la racionalidad de la prueba no supone la aceptación de la personal versión de los hechos de la parte. El derecho a la presunción de inocencia impide condenar por meras impresiones íntimas del juzgador, sospechas o conjeturas, sin una prueba inequívocamente acusatoria llegada al proceso de una manera regular y en conformidad con las normas procesales y constitucionales. La testifical única, incluso cuando su testimonio se enfrenta a varios que se expresan en dirección opuesta, siempre que la resolución aparezca debidamente motivada, como ocurre en este caso. Establecer unas conclusiones probatorias adversas al recurrente, analizando crítica y prudentemente el conjunto de medios probatorios practicados, no significa la violación de derecho alguno. CUOTA DE LA PENA DE MULTA: el que dependa de la capacidad económica del acusado no impone la obligación de efectuar una inquisición exhaustiva de los factores que confluyen en su capacidad económica.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Santander
  • Ponente: JUAN JOSE GOMEZ DE LA ESCALERA
  • Nº Recurso: 62/2022
  • Fecha: 02/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: ABUSO SEXUAL: reiterados tocamientos a una menor durante dos años y penetración vaginal. DECLARACIÓN DE LA VÍCTIMA: especialidades en el momento en el que se presta y su contenido. El testimonio único constituye un medio probatorio válido y suficiente al margen de su origen. La declaración de la víctima contribuye, en un primer momento, a orientar la investigación sumarial, y a formar después en el plenario, la convicción del juzgador. Criterios para su valoración. NORMA APLICABLE: la vigente en el momento en el que se produjeron los hechos resulta en su conjunto más favorable que las anteriores y las posteriores. HOMOGENEIDAD DELICTIVA: la agresión y el abuso, en la redacción de la norma penal vigente en el momento de la comisión del hecho son figuras distintas pero cercanas dentro de la misma tipicidad penal. DELITO CONTINUADO: pluralidad de acciones conectadas temporalmente, en ejecución de un plan preconcebido, con un modo de acción homogéneo y con similitud de preceptos conculcados.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Santander
  • Ponente: JUAN JOSE GOMEZ DE LA ESCALERA
  • Nº Recurso: 15/2022
  • Fecha: 02/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: AGRESIÓN SEXUAL: no constan los tocamientos ni el acceso carnal por vía oral o vaginal. TESTIMONIO DE LA VÍCTIMA: cuando concurre como prueba única supone una situación límite de riesgo para la presunción de inocencia. en un principio sirve como medio para encauzar la investigación, pero después se transforma como elemento esencial de convicción. Criterios para valorar la credibilidad de la víctima. PRESUNCIÓN DE INOCENCIA: un pronunciamiento penal condenatorio exige certeza absoluta o, al menos, una probabilidad rayana en la certeza sobre la existencia de los hechos objetivos del tipo penal así como la inexistencia de alternativas fácticas verosímiles y razonables ya que, ante la mínima duda, mínima probabilidad razonable contraria, el Tribunal resultaría obligado a no dar por cierto tal hecho conforme al conocido principio "in dubio pro reo".
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Santander
  • Ponente: ROSA MARIA GUTIERREZ FERNANDEZ
  • Nº Recurso: 67/2021
  • Fecha: 28/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: MALTRATO HABITUAL Y AGRESIÓN SEXUAL CONTINUADA: expresiones despectivas y ofensivas y conducta violenta. No constan la penetración anal no los tocamientos. MALTRATO HABITUAL: ejercicio habitual de la violencia en el círculo familiar con grave incidencia en la convivencia y que supone algo distinto y más reprochable que la suma de actos que lo integran. DECLARACIÓN DE LA VÍCTIMA: en el delito de maltrato, corroboradas por las declaraciones de los convivientes. En la agresión sexual, su declaración es confusa, incompleta e insegura, lo que no puede ser suplido por la declaración de la madre ni por unas periciales no adveradas en juicio o que no objetivan rastro alguno de la acción imputada al acusado. REPARACIÓN DEL DAÑO: reconocido por las partes y concretado en la donación de la parte de un inmueble ganancial. DILACIONES INDEBIDAS: pluralidad de circunstancias que determina su concurso. No se produce sólo cuando el procedimiento ya ha comenzado y se detiene sin posibilidad de explicación razonable, sino que también computa desde la fecha del hecho hasta la del ejercicio de la acción penal ha transcurrido un largo período de tiempo sin justificación aparente, al ser relevante incluso el momento en el que la acción penal pudo ejercitarse.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: MARIA DEL MILAGRO RUBIO GIL
  • Nº Recurso: 453/2023
  • Fecha: 27/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Condena a un acusado como autor material de un delito de acoso sexual. Acusado que es profesor de autoescuela y durante una sesión práctica de conducción le dirige a una alumna preguntas y proposiciones de naturaleza sexual. Presunción de inocencia y pruebas de cargo. Testimonio de la víctima como prueba directa de alcance incriminatorio suficiente para desactivar la presunción de inocencia. Delito de acoso sexual como atentado a la libre determinación sexual y a la dignidad de la persona sometida al acoso. Requisitos elementales para la aparición del tipo penal. La acción típica, constituida por la solicitud de favores sexuales, se realiza siempre que medie petición explícita o implícita de trato o acción de contenido sexual que se presente seria e inequívoca, de modo que dicha conducta resulta indeseada, irrazonable y ofensiva para quien la sufre.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: PILAR ALHAMBRA PEREZ
  • Nº Recurso: 1061/2023
  • Fecha: 22/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: AGRESIÓN SEXUAL: tocamientos en la pierna y en la parte interior del muslo. PRUEBA DE CARGO: versiones contradictorias y su valoración al amparo de las estructura de la LECrim sobre la valoración de la prueba personal. La declaración de la víctima tiene pleno valor probatorio al no constar motivos espurios, ya que no conocía al acusado, la versión se mantiene idéntica, pese a contradicciones de menor entidad, y al ser coherente y sencilla y estar corroborada por otras testificales. NORMA APLICABLE: la LO 10/2022 contempla unas penas en abstracto más favorables al reo. ATENUANTE ANALÓGICA: nada acredita una ingesta relevante de alcohol por el acusado. DETERMINACIÓN DE LA PENA: el tocamiento integra la previsión típica y hace que el delito sea consumado. Se impone la pena de prisión al no satisface la de multa la prevención especial y a la vista de la especial trascendencia de la libertad sexual como bien jurídico. La norma aplicable hace imperativa la imposición de la libertad vigilada.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Palma de Mallorca
  • Ponente: JAVIER BURGOS NEIRA
  • Nº Recurso: 81/2022
  • Fecha: 21/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: QUEBRANTAMIENTO DE CONDENA: no se objeta la existencia de la sentencia que impone el alejamiento, y se reconocen las visitas y y las llamadas. PRUEBA DE CARGO: conocimiento pleno de la sentencia y de las restricciones impuestas en ella. No se acredita ni el consentimiento de la persona amparada por el alejamiento ni que las vistas y contactos obedecieran a obligaciones y situaciones vinculadas con el hijo común. DELITO CONTINUADO: los actos de quebrantamiento fueron plurales, continuados y periódicos, por lo que la continuidad delictiva es evidente. PENA: el quebrantamiento tiene que ser objeto de sanción autónoma porque, aunque sea continuado, no absorbe la totalidad del desvalor que implica el atentado contra la integridad y la seguridad de la víctima que acompañan al quebrantamiento. EXPULSIÓN DEL TERRITORIO NACIONAL: no hay pronunciamiento en sentencia por carecer de datos para este pronunciamiento, por lo que se demora al trámite de ejecución.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JULIAN ARTEMIO SANCHEZ MELGAR
  • Nº Recurso: 6399/2021
  • Fecha: 21/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Delito continuado de abusos sexuales, con la agravante específica de prevalimiento. Presunción de inocencia: declaración de la víctima, múltiples corroboraciones a través de terceros de la entrega de regalos y del suministro de drogas, lo que producía que la menor necesitara por tal adicción seguir manteniendo relaciones sexuales. Afectación psicológica, que corrobora igualmente la realidad de los abusos sexuales. Indemnización por daños morales: son inherentes a una situación de abuso durante tantos años, entrega de drogas, e incluso llevar a la víctima a una casa de prostitución, con toda la afectación psicológica, dictaminada, que la ha producido. Continuidad delictiva: no procede. Dilaciones indebidas como muy cualificadas: no se suscitaron en la instancia, ni procede su aplicación. Aplicación de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual: no procede, pues la pena máxima es la misma (12 años), que es justo lo que, adecuadamente razonado, ha impuesto el Tribunal sentenciador.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JULIAN ARTEMIO SANCHEZ MELGAR
  • Nº Recurso: 7096/2021
  • Fecha: 21/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Error de hecho se inadmite debido a que no se invocan documentos de carácter literosuficientes. Aplicación de la Directiva 2011/93/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, relativa a la lucha contra los abusos sexuales y la explotación sexual de los menores y la pornografía infantil y por la que se sustituye la Decisión marco 2004/68/JAI del Consejo. La resolución judicial que autoriza la medida de entrada y registro en el domicilio del investigado, en su fundamentación jurídica, dejaba claro que la autorización se extendía a la apertura, registro y análisis de los soportes informáticos que fueran aprehendidos en la diligencia, siempre que no haya autorización expresa del investigado. El consentimiento del acusado resulta así irrelevante, en cuanto quedaba suplido por la resolución judicial, ajustándose a la regulación del artículo 588 sexies de la LECrim, ya en vigor en la fecha del auto. No se aprecia la atenuante de confesión debido a que la colaboración no fue total, ni siquiera inicialmente, puesto que las claves de uso que facilitó no permitieron acceder a la cuenta de correo electrónico, ni fue posible verificar el contenido de los archivos que había almacenado en la aplicación Dropbox.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Civil y Penal
  • Municipio: Albacete
  • Ponente: MARIA DEL CARMEN PIQUERAS PIQUERAS
  • Nº Recurso: 63/2023
  • Fecha: 21/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Confirma la condena por delito de agresión sexual a menor de 16 años de edad. El acusado apretó a la menor fuertemente la mano para impedir que se marchara, llamándole guapa y a la vez, con ánimo libidinoso, se le acercó a su cara para besarla en la boca, sin conseguirlo. El apelante niega la autoría en los hechos denunciados y, subsidiariamente, que un beso, incluido en los labios, tuviese el carácter inequívocamente sexual del tipo penal. Los hechos se acreditan por la declaración incriminatoria de la menor, cuya valoración debe ser mantenida al ser prueba personal practicada bajo inmediación y contradicción, siendo corroborada por los testigos de referencia (padre y abuela) y por el informe psicológico, así como por la incoherencia, contradicciones o inverosimilitud de las explicaciones del acusado que refuerzan la convicción obtenida de la prueba de cargo. En el delito de abuso sexual es indiferente el motivo al que obedezca el comportamiento del autor, consumándose aun cuando el autor no busque satisfacer demandas de su libido. El delito requiere contacto corporal, tocamiento impúdico o cualquier otra exteriorización o materialización con significante sexual, bastando un solo contacto o tocamiento inconsentido para integrar el delito y teniendo la consideración sexual en beso en la boca. Se comete mediante violencia (agarrar a la menor fuertemente de la mano para facilitar la aproximación a su cara y boca) por lo que el delito es agresión sexual en tentativa.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.